Objeto
Este curso se centra en contribuir a la mejora de la acción preventiva de la empresa conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995 de 8 de noviembre sobre Prevención de Riesgos Laborales, y Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto , y más concretamente en su artículo 13 , que se dedica a establecer la formación de los trabajadores que estén o puedan estar expuestos a amianto.
Temario
- 01. Introducción.
- 02. El amianto y sus propiedades.
- 03. Efectos sobre la salud.
- 04. Productos o materiales que puedan contener amianto.
- 05. Tareas u operaciones que puedan implicar exposición al amianto.
- 06. Planes de trabajo.
- 07. Prácticas profesionales seguras, controles y equipos de protección individual.
- 08. Medidas e higiene personal.
- 09. Límite de exposición y prohibiciones.
- 10. Evaluación y control del ambiente de trabajo.
- 11. Función, elección, selección, uso apropiado y limitaciones de los equipos respiratorios.
- 12. Tipos de equipos respiratoiros utilizados, formas y métodos de comprobación de su funcionamiento.
- 13. Procedimiento de emergencia.
- 14. Procedimiento de descontaminzación.
- 15. Eliminación de residuos.
- 16. Vigilancia de la salud.
- 17. Registros y tratamiento de datos, y documentación.
Los cursos impartidos por OCEANOCAN PREVENCIÓN pueden financiarse a través de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, por lo que puede bonificarse este coste en la cuota abonada a la Seguridad Social en concepto de Formación Profesional.
Estas son algunas de las ventajas de nuestro programa de formación:
- Toda la gestión se realiza a través del sistema telemático de la Fundación Tripartita.
- Cada empresa dispone de un crédito formativo en función de su tamaño y de lo que cotizó por esta contingencia en el año anterior.
- Las empresas recuperan de manera automática, una vez realizadas las acciones formativas, el crédito del que disponen para la formación.
- Las empresas que se pueden beneficiar de este sistema son todas las que tengan centros de trabajo en el territorio español siempre que coticen por la contingencia de formación profesional.
- Pueden participar todos los trabajadores asalariados.
- La empresa decide cómo y cuándo formar a sus trabajadores.